28.06.2022 - SCIP-TA - RG 20/17927

15/03/2023 - mise à jour : 15/03/2023

28 de junio de 2022 – SCIP-TA – RG 20/17927 – arbitraje internacional – misión del árbitro – principio de contradicción – orden público internacional – desestimación del recurso de anulación

En este asunto, la SCIP-TA desestimó el recurso de anulación interpuesto por una empresa estadounidense A contra un laudo arbitral internacional dictado en París que le ordenaba pagar a la empresa B, registrada en las Islas Vírgenes Británicas, determinados importes en ejecución de un contrato de compraventa de activos mineros en Estados Unidos.

El litigio tenía su origen dos años después en la compraventa de dichos activos mineros y otros bienes entre la empresa A (cesionaria) y una empresa C. Esta compraventa le otorgaba a la empresa B cedente un derecho a un ajuste de precio según los términos del contrato, ajuste con el que las empresas A y B no estaban de acuerdo.

El litigio había sido sometido a un tribunal arbitral que había estimado la demanda de la empresa B al tener en cuenta el precio total de la compraventa como base para calcular los ajustes de precio.

La empresa A impugnaba el laudo dictado a favor de la empresa B y alegaba que el tribunal hubiera tenido que descontar ciertos activos que no formaban parte del perímetro de compraventa inicial.

La empresa demandante acusaba al tribunal de haber incumplido su misión, al pronunciarse sin determinar el valor de los bienes excluidos de los activos que servían como base para calcular los ajustes de precio, al contrario de lo que se le había pedido.

Añadía que este motivo también constituía una violación al principio de contradicción y al orden público internacional.

La corte de apelación desestimó la totalidad de este recurso de anulación al constatar que no había sido planteada ante el tribunal arbitral una demanda de evaluación de los activos controvertidos, que solo constituían un medio de defensa presentado por la empresa A. La corte consideró que el tribunal arbitral no se había desviado de su misión al juzgar el caso a partir del precio total de la compraventa de activos.